Impuestos y Aranceles a la Importación.
Antes de importar un producto es importante que sepas cuantos impuestos vas a pagar para que puedas tener una idea clara de cual será tu utilidad.
Para lograr esto necesitas conocer la fracción arancelaria que es el código numérico que determina los aranceles a cubrir del producto a importar o exportar y las regulaciones que se tienen que cumplir.
El día de hoy hablaremos sobre las contribuciones que pueden aplicar en cualquier importación:
1. Impuesto General de Importación (arancel),
2. Impuesto al Valor Agregado (IVA),
3. Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN),
4. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS),
5. Derecho de Trámite Aduanero (DTA) y
6. Derecho de Almacenaje.
Impuesto General de Importación (IGI).
Este impuesto se divide en 3:
·Ad valorem, cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía.
·Específicos, cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida.
·Mixtos, cuando se trate de una combinación de los dos anteriores.
Estos aranceles pueden adoptar las siguientes modalidades:
·Arancel-cupo, cuando se establezca un nivel arancelario para cierta cantidad o valor de mercancías exportadas o importadas, y una tasa diferente a las exportaciones o importaciones de esas mercancías que excedan dicho monto.
·Arancel estacional, cuando establezcan niveles arancelarios distintos para diferentes períodos del año.
·Las demás que el Ejecutivo federal llegue a señalar.
Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Deben pagar este impuesto las personas físicas y las morales que importen bienes o servicios.
El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala la Ley del IVA, la tasa del 16%.
El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala la Ley del IVA, la tasa del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores. Para calcular el impuesto al valor agregado tratándose de importación de bienes tangibles, se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último gravamen y del monto de las demás contribuciones y aprovechamientos que se tengan que pagar con motivo de la importación.
Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN).
Están obligados al pago del impuesto sobre automóviles nuevos, las personas físicas y las morales que importen en definitiva al país automóviles, siempre que se trate de personas distintas al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos.
Los automóviles importados por los que se cause el impuesto establecido en la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, son los que corresponden al año modelo posterior al de aplicación de la Ley, al año modelo en que se efectúe la importación, o a los 10 años modelo inmediato anteriores.
El impuesto para automóviles nuevos se calculará aplicando la tarifa o tasa establecida en el artículo 3o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, según corresponda, al precio de enajenación del automóvil al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidores autorizados o comerciantes en el ramo de vehículos, incluyendo el equipo opcional, común o de lujo, sin disminuir el monto de descuentos, rebajas o bonificaciones.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
El IEPS se causa con motivo de la importación de ciertos bienes como Bebidas con contenido alcohólico y cerveza , Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables Tabacos labrados, Gasolinas , Diesel , Bebidas energetizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes , Bebidas saborizadas; concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, Plaguicidas, entre otros.
Para mas información sobre el IEPS favor de consultar: http://omawww.sat.gob.mx/aduanas/importando_exportando/guia_importacion/Paginas/contribuciones_que_puedan_causarse_con_importacion.aspx
Derecho de Trámite Aduanero (DTA)
El DTA se causa con motivo de las operaciones aduaneras que se efectúen utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente en los términos de la Ley Aduanera. Para conocer el monto, consulte la Ley Federal de Derechos, ya que las cantidades se actualizan semestralmente.
Derecho de Almacenaje
Se pagarán derechos por el almacenaje de mercancías en depósito ante la aduana en recintos fiscales, después de vencidos los plazos que se establecen en el artículo 41 de la Ley Federal de Derechos. Las cuotas diarias de los derechos por el almacenaje, en recintos fiscales, de mercancías en depósito ante la aduana, son las establecidas en el artículo 42 de la Ley Federal de Derechos.
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